lo que se sabe, lo que no, y lo que conviene entender bien
El 18 de mayo el Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el proyecto de decreto que regula el Programa Hipoteca Joven, también llamado Mi Primera Vivienda. Conviene entender en qué punto del proceso estamos realmente.
Lo que se aprobó el 18 de mayo es el proyecto de decreto, no el decreto definitivo. Desde ese momento el texto pasa al Consejo Consultivo de Canarias para su dictamen. Después regresará para una aprobación final. Y solo cuando se publique en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) entrará en vigor. A partir de ahí, los bancos interesados tendrán 20 días hábiles para solicitar su adhesión. Luego vendrán los convenios. Y solo entonces podrán los ciudadanos presentar solicitudes. Hoy por hoy no hay ningún canario que pueda acogerse a este programa porque, sencillamente, no está operativo.
Hay otro matiz importante. El texto que ha servido de base para la aprobación es un borrador de diciembre de 2025. El decreto definitivo que se publique en el BOC puede incluir cambios respecto a ese borrador. No necesariamente, pero puede. Todo lo que se analice a partir de ahora hay que leerlo con esa reserva.
Lo primero es entender qué es exactamente el programa. No es una hipoteca pública ni un préstamo del Gobierno. Es una línea de avales. El Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de Vivienda (ICV), avala ante el banco el tramo de financiación que va del 80% al 95% del valor de la vivienda. Si un joven necesita financiar el 95% del precio de compra, el banco presta ese 95% pero el riesgo del tramo final —ese 15% que excede el porcentaje habitual— lo asume el Gobierno durante los primeros diez años. Si no hay impagos, el coste para las arcas canarias es literalmente cero.
¿Quién puede acceder? Según el borrador, personas de hasta 40 años con residencia continuada en Canarias durante los dos años anteriores a la solicitud. El límite de ingresos se sitúa en torno a 36.000 euros brutos anuales para una persona sola (cinco veces el IPREM), y aproximadamente el doble para dos adquirentes conjuntos. Hay excepciones para familias numerosas, familias monoparentales y personas con descendencia reciente, que no tienen límite de edad. También hay excepciones al requisito de no tener vivienda previa: si se posee menos del 50% de una propiedad, o si una sentencia de divorcio dejó al solicitante sin uso de la vivienda familiar, se puede acceder igualmente.
La vivienda tiene que estar en Canarias, costar menos de 250.000 euros y tener una superficie útil máxima de 120 metros cuadrados. Se admite obra nueva, segunda mano y también autoconstrucción. Lo que no se admite es vivienda de protección oficial de promoción pública, salvo segunda transmisión con autorización del ICV.
Sobre el presupuesto del programa hay que ser claros: no conocemos la dotación real del decreto aprobado. El borrador de diciembre fijaba un techo máximo de 3 millones de euros en avales para el primer año, aunque aclaraba que cada ejercicio lo determinarían los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Si el decreto definitivo mantiene esa cifra, el alcance del programa sería muy limitado. El tramo avalado por operación ronda el 15% del precio de compra: con viviendas de 200.000 euros serían 30.000 euros por operación, lo que daría para unas 100 hipotecas en toda Canarias; con viviendas de 250.000 euros, unas 80. Para una comunidad con el problema de acceso a la vivienda que tienen las islas, esa capacidad es claramente insuficiente. Habrá que ver si el decreto definitivo amplía esa dotación o si el borrador ya refleja la ambición real del programa.
Otra cosa que conviene tener clara. El programa no abarata la hipoteca. El tipo de interés lo fija el banco libremente, igual que haría con cualquier otro préstamo. Lo que hace el aval es eliminar la barrera de entrada, ese 20% de ahorro previo que muchos jóvenes solventes —con ingresos suficientes para pagar cuotas— simplemente no tienen acumulado. Eso sí es un problema real y el programa lo ataca directamente. Pero no hay que esperar tipos bonificados ni condiciones especiales: el banco cobra lo que cobra.
Lo que el borrador sí prohíbe expresamente, y merece destacarse, es que los bancos exijan la contratación de productos vinculados. Seguros de vida, planes de pensiones, fondos de inversión. Nada de eso puede ser condición para acceder al programa. Los bancos participan sin compensación económica del Gobierno y sin poder aprovechar el canal para colocar otros productos.
Quien compre con este aval no puede vender libremente la vivienda durante los primeros diez años sin antes cancelar la hipoteca entera o pedir autorización al ICV. Hay excepciones: matrimonio, separación, traslado laboral, primer empleo o empleo más ventajoso. Pero la restricción es real. Para alguien de 30 años con incertidumbre sobre dónde va a estar en cinco años, esto es algo que hay que sopesar con calma.
El programa tiene sentido como instrumento y ataca una barrera real. Pero su alcance dependerá de la dotación presupuestaria final, el precio máximo de 250.000 euros puede quedarse corto en zonas tensionadas de Las Palmas o Santa Cruz de Tenerife, y todavía queda trecho de tramitación antes de que alguien pueda firmar algo. Habrá que esperar al decreto publicado en el BOC y a las condiciones reales que ofrezcan los bancos adheridos para saber si el programa acaba siendo lo que promete.